La pirotecnia en Córdoba capital está prohibida: en la ciudad no se puede usar, fabricar, guardar, transportar ni vender. Lo establece el Código de Convivencia Ciudadana, la Ordenanza 12.468, vigente desde 2016, y quien no lo cumple se expone a una multa, al decomiso de la mercadería y a la clausura del local.
Con las fiestas de fin de año cerca, estas son las reglas que rigen en la ciudad, cuánto puede costar la multa, cómo denunciar y qué pasa en el resto de la provincia, donde las normas son otras.
¿Está prohibida la pirotecnia en Córdoba capital?
Sí. El artículo 106 del Código de Convivencia Ciudadana alcanza a quien use en forma particular, fabrique, tenga, guarde, acopie, exhiba, manipule, deposite, transporte, venda o comercialice pirotecnia y cohetería. La prohibición se extiende a todo producto que funcione con pólvora o compuestos inflamables y produzca efectos visuales o auditivos.
Eso significa que no se limita a los petardos y cohetes que hacen ruido. Las luces, las bengalas y los fuegos de colores también están incluidos.
La regla vale en todo el ejido urbano de la ciudad. Para controlarla, el Ente Municipal de Fiscalización y Control lleva adelante el programa Pirotecnia Cero, con campañas de prevención, patrullajes, decomiso inmediato de mercadería, multas y clausura de locales.
Además, la Ordenanza 13.606, publicada en el Boletín Municipal en enero de 2026, creó una campaña anual de concientización sobre estas prohibiciones. Se desarrolla desde la segunda quincena de noviembre hasta el 31 de diciembre de cada año.
Qué excepciones hay
El artículo 107 del Código de Convivencia deja afuera de la prohibición unos pocos casos:
- Las señales de auxilio y las emergencias náuticas.
- El uso por parte de las Fuerzas Armadas, las fuerzas de seguridad y Defensa Civil.
- La pirotecnia profesional, siempre que se use para su fin, cuente con autorización municipal y la opere personal especializado.
Para el uso particular no hay excepción: en la ciudad no existe un permiso para tirar pirotecnia en casa, ni siquiera en Navidad o Año Nuevo.
Cuánto es la multa por pirotecnia en Córdoba
Las multas del Código de Convivencia se fijan en UEM, la unidad que usa la Municipalidad para calcular sus sanciones.
Para particulares y comercios
El artículo 106 fija una multa de 200 a 500 UEM. Además, el juez de faltas ordena el decomiso de la mercadería y de los elementos usados y, si corresponde, la clausura del local.
Estas faltas tampoco admiten el pago voluntario con descuento que el Código permite para otras infracciones: el artículo 22 excluye de ese beneficio la fabricación, la venta, el acopio y el uso de pirotecnia.
Para grupos y organizaciones en actos masivos
El artículo 108 sanciona a las agrupaciones y organizaciones políticas, sociales, civiles o sindicales, entre otras, que usen pirotecnia en actividades masivas en la vía pública. En ese caso la multa va de 50 a 1.000 UEM.
Qué es la UEM y cuánto vale
Según el artículo 21 del Código, la Unidad Económica Municipal (UEM) equivale al precio de 8 litros de la nafta de menor octanaje de YPF en Córdoba. Por eso su valor cambia con el precio del combustible.
La Justicia Administrativa Municipal de Faltas fija el valor por resolución y lo publica en su página sobre la UEM. El juez establece la multa en UEM y la convierte a pesos con el valor vigente a la fecha del hecho. No hay que confundirla con la Unidad Fija (UF) que usa la Policía Caminera. Si querés saber cómo se consultan las multas municipales, podés ver cómo consultar multas en Córdoba capital.
Dónde denunciar la venta o el uso de pirotecnia
Las denuncias por venta o uso de pirotecnia en la ciudad las recibe el Ente Municipal de Fiscalización y Control. Estos son sus canales:
- WhatsApp: 351 610 0534.
- Correo electrónico: fiscalizacionycontrol@cordoba.gov.ar.
- Reclamo en línea: en la sección de reclamos del Ente figura el tipo «Venta de pirotecnia».
- Atención al Vecino: 0800 888 0404.
- Sede central: La Rioja 373.
Los trámites en línea de la Municipalidad se hacen con MiDocta, la plataforma de autogestión municipal.
Si hay un incendio o una persona herida, llamá a Defensa Civil al 103. Los demás números de emergencia están en teléfonos útiles de la provincia de Córdoba. Para avisar a la Policía, podés ver cómo hacer una denuncia en la Policía de Córdoba.
¿Y en el resto de la provincia?
La Ordenanza 12.468 es municipal, así que solo rige dentro de la ciudad de Córdoba. En el resto de la provincia hay que mirar dos normas: la ordenanza de cada municipio y el Código de Convivencia provincial.
El Código de Convivencia Ciudadana provincial, Ley 10.326, rige en toda la provincia, incluida la capital. Regula la pirotecnia pero no la prohíbe por completo: en sus artículos 95 a 101 sanciona, entre otras conductas:
- Fabricar pirotecnia sin autorización, o vender, almacenar, transportar o distribuir la que se produjo sin autorización.
- Vender o usar artículos con riesgo de explosión en masa o de trayectoria impredecible, salvo que la autoridad lo autorice.
- Vender o dar pirotecnia a menores de 16 años.
- Usar pirotecnia en espectáculos públicos o ingresarla a ellos. Si el espectáculo es al aire libre, la prohibición alcanza también a los alrededores, en un radio de al menos 100 metros.
- Vender artículos de bajo riesgo sin las instrucciones de uso y la leyenda «elemento de riesgo».
En la ciudad de Córdoba se aplican las dos normas a la vez: la ley provincial y, además, la prohibición total de la Ordenanza 12.468. Por eso en la capital no alcanza con cumplir la ley provincial: tampoco se puede usar ni vender pirotecnia de ningún tipo.
En la Legislatura se presentaron proyectos para prohibir la pirotecnia en toda la provincia. Uno es el 31860/L/20, de la legisladora Natalia De la Sota, que entró en la sesión del 2 de diciembre de 2020 y fue girado a comisiones. Otro es el 34356/L/21, llamado «Córdoba Elige Luces», mencionado en la sesión del 9 de febrero de 2022. No consta que alguno se haya convertido en ley.
Si vivís fuera de la capital, consultá en tu municipalidad o comuna qué dice la ordenanza local.
Por qué se prohíbe: mascotas, personas con discapacidad e incendios
Según la Municipalidad, el programa Pirotecnia Cero busca proteger a los vecinos, el bienestar animal y la convivencia, y prevenir incendios y lesiones. La Ordenanza 13.606 pone el foco en el impacto de la pirotecnia sobre las personas con discapacidad, las personas mayores y la fauna.
Si tenés perros o gatos, algunas medidas ayudan en Nochebuena y Año Nuevo:
- Dejalos dentro de casa, en un lugar cerrado y tranquilo.
- Cerrá puertas y ventanas para que no se escapen.
- Asegurate de que tengan una identificación en el collar.
- No los dejes atados ni solos en el patio.
Si estás pensando en castrar a tu mascota, la Municipalidad ofrece castración gratuita de perros y gatos.
Preguntas frecuentes
¿Se pueden tirar fuegos artificiales en Año Nuevo en Córdoba capital?
No. En la ciudad de Córdoba la prohibición rige todo el año y no tiene excepciones para particulares: tampoco en Navidad ni en Año Nuevo. Solo se admite la pirotecnia profesional con autorización municipal y los usos de emergencia o de las fuerzas de seguridad.
¿Es legal vender pirotecnia en Córdoba?
En la ciudad de Córdoba, no. La Ordenanza 12.468 prohíbe venderla, exhibirla, guardarla y transportarla, y prevé multa, decomiso de la mercadería y clausura del local. En otras localidades depende de la ordenanza de cada municipio y de la Ley provincial 10.326.
¿Las luces o la pirotecnia sin ruido también están prohibidas?
Sí. El artículo 106 del Código de Convivencia incluye todo producto destinado a provocar efectos visuales o auditivos, así que las bengalas, las luces y los fuegos de colores también están alcanzados en la ciudad.
¿Cuánto es la multa por tirar pirotecnia en Córdoba?
En la ciudad, la multa va de 200 a 500 UEM para particulares y comercios, y de 50 a 1.000 UEM para grupos u organizaciones que la usen en actos masivos en la vía pública. El valor de la UEM lo fija la Justicia Administrativa Municipal de Faltas y se actualiza con el precio de la nafta.
¿Dónde denuncio a un vecino o un comercio que vende pirotecnia?
Ante el Ente Municipal de Fiscalización y Control: por WhatsApp al 351 610 0534, por correo a fiscalizacionycontrol@cordoba.gov.ar, con el reclamo en línea «Venta de pirotecnia» o en Atención al Vecino, 0800 888 0404. Si hay un incendio o una persona herida, llamá a Defensa Civil al 103.
Información revisada el 27 de octubre de 2026 con datos de la Municipalidad de Córdoba, la Justicia Administrativa Municipal de Faltas y la Legislatura de Córdoba. El valor de la UEM y los canales de denuncia pueden cambiar: confirmalos en los sitios oficiales.

