El cedulón de la Municipalidad de Córdoba es la boleta del impuesto municipal que cobra la ciudad: la Contribución que incide sobre los Inmuebles, la Contribución que incide sobre los Vehículos Automotores, Acoplados y Similares y la de Comercio, Industria y Servicios. Se consulta, se descarga y se paga en el Portal Tributario (tributariomuni.cordoba.gob.ar) con la nomenclatura catastral, el dominio o el CUIT, sin turno ni clave. Las próximas cuotas de inmuebles y automotor vencen el 13 de octubre (cuota 09) y el 10 de noviembre de 2026 (cuota 10).
Esta guía reúne los vencimientos que quedan en 2026, los descuentos por contribuyente cumplidor y por pago anual, los medios de pago, qué cobra la Municipalidad y qué cobra Rentas, el cedulón de comercio y qué hacer con una deuda atrasada.
Cómo consultar y descargar el cedulón de la Municipalidad de Córdoba
Cada cedulón se busca con un dato del bien o de la actividad. La búsqueda en Ver y pagar se hace con ese dato, sin iniciar sesión.
| Contribución | Dato para buscar | Dónde se encuentra ese dato |
|---|---|---|
| Inmuebles | Nomenclatura catastral (el número que identifica al inmueble en Catastro) | En un cedulón anterior del inmueble o con el trámite Catastro – Datos catastrales |
| Automotor | Dominio (la patente del vehículo) | En la chapa patente y en el título del automotor |
| Comercio, Industria y Servicios | CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria), sin guiones ni puntos | En la constancia de inscripción en ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) |
El portal también tiene secciones para cementerio, ferias y mercados, transporte (taxis y remises), multas y tasas administrativas. Las multas de tránsito no forman parte del cedulón: para eso está la guía para consultar las multas de tránsito de la Municipalidad.
Para bajar o pagar el cedulón:
- Ingresá a Ver y pagar, en el Portal Tributario.
- Elegí el tributo: Inmuebles, Automotor o Comercio.
- Escribí la nomenclatura catastral, el dominio o el CUIT y tocá Buscar.
- Revisá las cuotas pendientes y elegí si generás el cedulón para imprimirlo o si lo pagás online desde el mismo portal.
Si no tenés la nomenclatura catastral
Figura en cualquier cedulón anterior del inmueble. Si no hay uno a mano, se consulta con el trámite Catastro – Datos catastrales (trámite 845 de la Guía de Trámites), que permite buscar la parcela o la nomenclatura de un inmueble.
Ver todos los cedulones juntos con MiDocta o Clave Fiscal
Con la sesión iniciada, el portal reúne los bienes asociados al titular. Se puede entrar con MiDocta, la plataforma digital de la Municipalidad, o con la Clave Fiscal de ARCA. La dirección pagosmuni.cordoba.gob.ar redirige al mismo portal.
Vencimientos 2026 del cedulón de inmuebles y automotor
El calendario oficial del Portal Tributario fija estas fechas para las cuotas que quedan de 2026:
| Cuota | Inmuebles | Automotor |
|---|---|---|
| 09 | 13/10/2026 | 13/10/2026 |
| 10 | 10/11/2026 | 10/11/2026 |
| 11 | 10/12/2026 | 10/12/2026 |
| 12 | 10/01/2027 | 11/01/2027 |
El pago anual (cuota única) y la cuota 01 vencieron el 27 de febrero de 2026, con la prórroga que dispuso la Municipalidad. El calendario de todos los tributos está en la sección Vencimientos del portal.
Descuentos del cedulón: 20% por contribuyente cumplidor y 10% por pago anual
La Ordenanza Tarifaria Anual 2026 (Ordenanza 13.624) fija dos descuentos para el inmobiliario (artículo 10 ter) y para el automotor (artículo 134 bis). Se calculan por separado para cada inmueble y cada vehículo:
- Contribuyente cumplidor, 20%: corresponde a quien no tenía deuda vencida y no prescripta de ese bien al 31 de diciembre de 2025, ni planes de pago en cuotas sin cancelar. Se aplica sobre el importe total del año.
- Cuota única, 10%: corresponde a quien paga el año completo en un solo pago. Se calcula después de restar el 20% y se acumula con ese descuento.
Aplicados en cascada, los dos descuentos suman un 28%. Con un importe anual de $100.000, el 20% lo deja en $80.000 y el 10% sobre ese saldo, en $72.000. Las cifras son un ejemplo: el importe real figura en cada cedulón.
Quien paga en cuotas conserva el 20% mientras pague cada cuota de ese bien dentro de su vencimiento. La ordenanza aclara además, para los dos tributos, que los beneficios no se pierden por diferencias que surjan de errores de cálculo de la Municipalidad. Los descuentos de Rentas de la Provincia son otros y se aplican solo a los impuestos provinciales.
Cómo pagar el cedulón municipal: online, en efectivo y con débito automático
El Portal Tributario publica estos medios de pago:
- Online: tarjeta de débito o crédito, MercadoPago, Red Link (Pago Electrónico), Banelco (PagoMisCuentas) e Interbanking.
- En efectivo: bancos y otras entidades de cobro, Rapipago, Pago Fácil y cajeros automáticos de Red Link o Banelco.
- Débito automático: con Naranja X o Cabal, para el cedulón de inmuebles y el de automotor.
Las promociones con tarjeta vigentes las informa el portal al momento de pagar. Si se elige el débito automático, el costo que cobre la entidad bancaria o la tarjeta corre por cuenta del contribuyente (artículo 65 del Código Tributario Municipal).
Ingresá solo por tributariomuni.cordoba.gob.ar. Antes de pagar, comprobá la dirección y el candado de seguridad del navegador, como recomienda el propio portal.
Municipalidad o Rentas: el inmobiliario y la patente se pagan por separado
En Córdoba capital hay dos organismos que cobran sobre la casa y el auto: la Municipalidad, con el cedulón del Portal Tributario, y la Dirección General de Rentas de la Provincia, con sus propias boletas. Son dos pagos distintos y uno no reemplaza al otro.
| Municipalidad de Córdoba | Rentas de la Provincia | |
|---|---|---|
| Qué cobra | Contribución que incide sobre los Inmuebles y Contribución que incide sobre los Vehículos Automotores | Impuesto Inmobiliario e Impuesto Automotor |
| Dónde se paga | Portal Tributario (tributariomuni.cordoba.gob.ar) | Ver y pagar de Rentas (automotor e inmobiliario) |
| Descuentos 2026 | 20% contribuyente cumplidor y 10% cuota única | En el automotor, 30% contribuyente cumplidor y 15% pago anual |
| Vencimientos que quedan del automotor | 10/11/2026, 10/12/2026 y 11/01/2027 | 10/11/2026, 10/12/2026 y 11/01/2027 |
El automotor municipal alcanza a los vehículos radicados en la ciudad, es decir, a los de personas domiciliadas en Córdoba capital o con guarda habitual en ella (artículo 380 del Código Tributario Municipal, Ordenanza 13.623). Rentas tiene un régimen de Automotor Unificado que cobra en una sola boleta la tasa municipal y el impuesto provincial, pero Córdoba capital no figura entre los municipios adheridos. Por eso, en la capital, el mismo vehículo tiene dos boletas.
En el inmobiliario, el anuncio municipal de enero de 2026 indicó que el cedulón se mantuvo a valores de diciembre de 2025. El alta, la baja y la transferencia de un vehículo en el padrón municipal son trámites aparte, en la Guía de Trámites de la Municipalidad.
Cedulón de Comercio e Industria: cómo se paga con el CUIT
La contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios se paga en la sección Comercio de Ver y pagar, con el CUIT del titular. Es mensual y, según la categoría del contribuyente, el calendario fija una fecha de presentación de la declaración jurada (DDJJ) y otra de vencimiento del pago. El portal publica instructivos para presentar la DDJJ.
| Cuota | Mediano: presentación | Mediano: vencimiento | Grande e interés fiscal: presentación | Grande e interés fiscal: vencimiento |
|---|---|---|---|---|
| 9 | 21/10/2026 | 27/10/2026 | 16/10/2026 | 22/10/2026 |
| 10 | 20/11/2026 | 27/11/2026 | 18/11/2026 | 24/11/2026 |
Las demás cuotas figuran en el calendario de vencimientos del portal. Quien todavía no habilitó el local puede ver cómo habilitar un negocio con el sistema HOL.
Deuda atrasada, plan de pagos y pagos que no figuran
Las cuotas vencidas aparecen en Ver y pagar y se pagan desde ahí. La deuda impaga suma interés resarcitorio: la tasa efectiva mensual a 30 días del Banco de la Nación Argentina, ajustable (Ordenanza 13.624, artículo 155).
El plan de pagos se arma en la sección Planes de Pago de Ver y pagar, con la sesión iniciada con MiDocta o con la Clave Fiscal de ARCA. Se eligen las cuotas vencidas de un solo tributo y la opción Generar plan de pago muestra la propuesta, con las cuotas y el interés que calcula la plataforma. Las deudas en juicio figuran aparte, en Procuración Fiscal. Las deudas con Rentas se regularizan en la web provincial.
Si un pago no aparece acreditado, el trámite Falta de imputación de pago (552 de la Guía de Trámites) permite pedir la revisión con el comprobante, la fecha, el importe y el período. Sirve para inmuebles, automotor, comercio, carnet de conducir o multas.
Exenciones con trámite propio
Se piden con un trámite propio en la Guía de Trámites:
- Jubilados y pensionados (inmobiliario): exención del inmobiliario municipal para jubilados.
- Baja capacidad contributiva (inmobiliario).
- Discapacidad (inmobiliario y automotor).
- Veteranos de Malvinas (inmobiliario y automotor).
- Prescripción de deudas antiguas de inmuebles y automotores.
La Municipalidad atiende consultas en el 0800-888-0404, por WhatsApp al 351 610-0444 y en el conmutador 351-428-5600.
Preguntas frecuentes
¿Si pago el cedulón en cuotas pierdo el 20% de descuento?
No, siempre que cada cuota se pague dentro de su vencimiento. Así lo establecen los artículos 10 ter (inmuebles) y 134 bis (automotor) de la Ordenanza 13.624.
¿Todavía puedo pagar el año completo con el 10% de descuento?
Para 2026 ya no: la cuota única venció el 27 de febrero de 2026. Las fechas de 2027 se publican en el calendario del Portal Tributario cuando la Municipalidad emite los cedulones del año.
¿Qué pasa si pago el cedulón vencido?
Se suma interés resarcitorio desde el vencimiento (Ordenanza 13.624, artículo 155). Además, el descuento de contribuyente cumplidor de 2026 se otorgó a quienes no tenían deuda vencida al 31 de diciembre de 2025: si la Tarifaria 2027 repite esa condición, una deuda impaga a fin de año deja sin el 20% del año siguiente.
¿Las motos y los autos viejos pagan automotor municipal?
La Ordenanza Tarifaria 2026 (Ordenanza 13.624, artículo 133) exime a las motos de más de 10 años, a los autos de más de 20 y a camiones, colectivos y utilitarios de más de 30, salvo que su valuación supere $11.156.288 en motos, $13.366.496 en autos o $19.997.120 en camiones, colectivos y utilitarios. Para las motos de hasta 100 cc, la Tarifaria fija un importe mínimo de $0, y el anuncio municipal de enero de 2026 informó que quedan eximidas de la contribución. Ese anuncio también indicó que los autos híbridos y eléctricos tienen una exención del 50%, que llega al 100% para los eléctricos fabricados en la ciudad.
¿Qué hago con el cedulón si vendí el auto o la casa?
Si el auto sigue radicado en Córdoba capital, corresponde el trámite de transferencia en el padrón municipal; si pasa a otra jurisdicción, el de baja. El inmueble cambia de titular con el trámite Catastro – Cambio de titularidad.
¿La patente de mi auto la cobra la Municipalidad o Rentas?
En Córdoba capital, las dos y por separado: la Municipalidad cobra la contribución sobre los vehículos en el Portal Tributario y Rentas cobra el Impuesto Automotor provincial. La capital no está adherida al Automotor Unificado de Rentas, así que son dos boletas.
Información verificada en fuentes oficiales al 09/10/2026: Portal Tributario, Guía de Trámites, Ordenanzas 13.623 y 13.624 y Rentas Córdoba. Fechas y condiciones pueden cambiar; confirmalas en el portal antes de pagar.

