La inscripción de nacimiento en Córdoba se hace en el Registro Civil de la Municipalidad dentro de los 60 días corridos desde el parto, y en la misma visita se puede iniciar el primer DNI del bebé. El trámite es gratuito y se puede hacer en la sede central de Bv. Chacabuco 737, en los CPC o en las oficinas municipales que funcionan dentro de tres centros de salud con maternidad. El papel clave es el certificado de nacimiento que entrega la clínica o el hospital, junto con el DNI de los padres.
En esta guía figuran los lugares habilitados, los documentos que se piden en cada situación, cómo se elige el nombre y el apellido, qué pasa con el DNI y qué hacer si ya pasaron los 60 días.
Dónde anotar al bebé en la ciudad de Córdoba
La forma más directa es hacerlo antes del alta, en el mismo lugar donde nació el bebé. La Municipalidad tiene oficinas del Registro Civil en la Maternidad Provincial Brigadier Juan Bautista Bustos, en el Hospital Materno Neonatal Dr. Ramón Carrillo y en la Clínica Reina Fabiola. Son las tres sedes de salud que la Guía de Trámites lista para 2026.
Esas oficinas concentran más de la mitad de los registros. Según un informe municipal de agosto de 2026, de las 8.602 actas de nacimiento emitidas en la ciudad entre enero y julio, 4.808 se hicieron allí.
Quienes no hicieron el trámite en la maternidad pueden ir a la Dirección de Registro Civil, en Bv. Chacabuco 737 (Nueva Córdoba), o a un Centro de Participación Comunal (CPC). La ficha del trámite en la Guía de Trámites menciona estos CPC:
- CPC Centro América: Juan B. Justo 4260, Alta Córdoba.
- CPC Monseñor Pablo Cabrera: Pablo Cabrera 4800, Marqués de Sobremonte.
- CPC Argüello: Rafael Núñez 6500, Granja de Funes.
- CPC Colón: Av. Colón 5300, San Ignacio.
- CPC Ruta 20: Fuerza Aérea Argentina 4351, Villa Adela.
- CPC Empalme: Amadeo Sabattini 2071, Maipú 2ª Sección.
- CPC Pueyrredón: Ricardo Balbín 2401, General Pueyrredón.
- CPC Rancagua: Rancagua 2900, Villa Corina.
- CPC Mercado de la Ciudad: Oncativo 50, Centro.
- CPC Guiñazú: Juan B. Justo 9654, Guiñazú.
- CPC San Vicente: San Jerónimo 2850, San Vicente.
- CPC Chalet San Felipe: Diego de Torres 2731, José Ignacio Díaz 1ª Sección.
- CPC Jardín Espinosa: Celso Barrios 1825, Ampliación Jardín Espinosa.
- CPC Capdevila: Federico Rauch 2708, Arturo Capdevila.
- CPC Mercantil: Onofre Marimón 7350, barrio Policial.
- CPC General Paz: Catamarca 1251, General Paz.
El CPC Villa El Libertador (Armada Argentina 1660) aparece en la ficha de las inscripciones fuera de término, pero no en la de las inscripciones dentro del plazo. Si es el más cercano, conviene consultar antes de ir.
El plazo de 60 días y por qué importa
La Ley 26.413 del Registro del Estado Civil fija en su artículo 28 un plazo de 40 días corridos para que los padres inscriban el nacimiento y otros 20 días para la inscripción de oficio. En la práctica, la Municipalidad toma los 60 días corridos desde el parto como límite de la inscripción en término.
Pasado ese plazo el trámite sigue siendo posible, pero necesita una autorización provincial y demora bastante más.
Requisitos para la inscripción de nacimiento
La ficha 491 de la Guía de Trámites pide estos documentos para un parto en una clínica o un hospital:
- DNI de ambos progenitores, en su último ejemplar. Si alguno no lo tiene, sirve una copia del DNI anterior o el DNI digital de la aplicación Mi Argentina.
- Certificado de nacimiento con todos los campos completos y los sellos correspondientes. Lo entrega el establecimiento donde nació el bebé.
- Libreta de familia o acta de matrimonio, solo si los padres están casados.
- Certificado de identidad sanitaria, si el embarazo fue por una técnica de reproducción humana asistida. Lo emite la clínica donde se hizo el tratamiento.
Como regla general, deben presentarse los dos progenitores con el recién nacido. Si la pareja está casada y ya tiene hijos en común inscriptos, puede ir uno solo. Antes de salir de la clínica, revisá que el certificado de nacimiento no tenga campos en blanco ni errores en los nombres.
Partos en casa y padres sin DNI argentino
Cuando el bebé nació en el domicilio con asistencia de un profesional, el certificado de nacimiento lo firma el médico o el licenciado en obstetricia que atendió el parto. Si lo emite un médico, debe estar certificado por el Colegio Médico; si lo emite un licenciado en obstetricia, por el Ministerio de Salud.
Si el nacimiento ocurrió en la casa o en la vía pública sin asistencia médica, la Guía pide además:
- Certificado de puerperio, que acredita que la persona dio a luz recientemente.
- Certificado de edad presunta del bebé.
- Dos testigos con DNI que hayan visto a la madre embarazada.
Los dos certificados se emiten en un establecimiento de salud pública. Los testigos tienen que asistir dos veces: cuando se pide la autorización para inscribir y, una vez emitida la resolución, junto con los padres para firmar el acta.
Los padres extranjeros que no tienen DNI argentino deben llevar el documento de su país (pasaporte, cédula o DNI) y una constancia de domicilio, que puede ser un impuesto, un recibo, un contrato de alquiler o el certificado de domicilio de la Policía. También tienen que ir con dos testigos mayores de 18 años, con DNI. Lo mismo vale cuando ninguno de los padres tiene DNI físico ni digital.
Cómo es el trámite, paso a paso
- Elegí la oficina. Si el bebé nació en una de las tres maternidades con Registro Civil, lo más simple es hacerlo antes del alta.
- Sacá turno. La ficha indica que el trámite se hace con turno previo, desde el turnero de la Municipalidad. Cada oficina guarda además un cupo por orden de llegada, sujeto a disponibilidad.
- Presentate con el bebé y toda la documentación. El Registro Civil labra el acta de nacimiento, que firman los padres, y entrega la partida.
- Pedí el DNI en la misma visita. En la ventanilla de documentos de la oficina se toman las huellas y la foto del bebé.
La página municipal de nacimientos indica que la credencial del DNI se envía al domicilio del bebé, en un plazo de alrededor de 15 días hábiles. Si no se hizo el DNI el mismo día de la inscripción, se puede pedir después en cualquier oficina del Registro Civil, siempre con el recién nacido.
Nombre y apellido: qué dice el Código Civil
Los padres eligen el nombre, con algunos límites del Código Civil y Comercial (artículo 63): no se pueden inscribir más de tres prenombres, tampoco apellidos como nombre ni nombres extravagantes, y el primer nombre no puede repetir el de un hermano vivo. Sí se admiten nombres de origen aborigen y latinoamericano.
Sobre el apellido, el artículo 64 establece que el hijo lleva el primer apellido de alguno de los padres. Si no hay acuerdo, se define por sorteo en el Registro Civil. A pedido de los padres se puede agregar el apellido del otro. Los hermanos de un mismo matrimonio deben llevar la misma combinación que se eligió para el primero.
Si ya pasaron los 60 días: inscripción fuera de término
Cuando el bebé tiene 61 días o más, corresponde la inscripción fuera de término (ficha 686). Es para niños nacidos en Córdoba capital o con padres que tienen domicilio en la ciudad registrado en el DNI. Se piden los mismos documentos y también se atiende con turno. La diferencia es que el Registro Civil arma un legajo y lo envía a la Dirección General del Registro Civil de la Provincia, que tiene que autorizar la inscripción. Con la resolución emitida, la Municipalidad se comunica para terminar el trámite.
La Municipalidad calcula que este circuito puede tardar unos cuatro meses. Si el niño ya cumplió un año, hay dos requisitos más:
- El chico tiene que asistir para la toma del Certificado de Pre-Identificación (CPI) del RENAPER.
- Se suman dos testigos mayores de edad, con DNI.
Después de la inscripción
La partida de nacimiento se pide en muchos trámites posteriores. Para obtener copias, la nota sobre cómo pedir partidas en la Municipalidad de Córdoba explica el procedimiento. El DNI del bebé se actualiza entre los 5 y los 8 años y otra vez a los 14; para esos turnos sirve la guía sobre el nuevo DNI electrónico y sus turnos en Córdoba.
Preguntas frecuentes
¿Hay que llevar al bebé al Registro Civil?
Sí. La ficha del trámite pide presentarse con el recién nacido, y su presencia es necesaria para tomar las huellas y la foto del primer DNI.
¿Se puede anotar al bebé sin turno?
La ficha indica que el trámite se hace con turno previo, aunque cada oficina del Registro Civil reserva un cupo por orden de llegada, sujeto a disponibilidad.
¿Cuánto cuesta el primer DNI del bebé?
Nada. La ficha remite a los valores del RENAPER, y su tarifario marca sin cargo el primer ejemplar de DNI para nacidos en el país de 0 a 18 años. La inscripción del nacimiento también es gratuita, según la Municipalidad.
¿Qué pasa si el bebé nació en otra ciudad?
La Ley 26.413 establece que el nacimiento se inscribe ante el Registro Civil del lugar donde ocurrió. Si el parto fue fuera de Córdoba capital, consultá primero en el Registro Civil de esa localidad.
¿Qué apellido lleva el bebé si los padres no están casados?
Si los dos padres reconocen al bebé al mismo tiempo, rige la misma regla que para los casados: lleva el primer apellido de alguno de ellos y, si no hay acuerdo, se sortea en el Registro Civil.
Datos revisados el 7 de octubre de 2026 en la Guía de Trámites y el sitio de la Municipalidad de Córdoba, el RENAPER y la Ley 26.413. Requisitos, lugares de atención y plazos pueden cambiar, así que conviene confirmarlos en esas fuentes antes de ir.

